
Por Karen Gutiérrez, Univision – Denver, 3 de noviembre de 2025
Cada primer día del mes, muchos inquilinos en Colorado enfrentan una inquietante cuestión: ¿podré pagar la renta a tiempo? En un contexto de alquiler cada vez más caro —por ejemplo, en Denver, el arrendamiento de un estudio ronda los 1,700 USD a fines de 2024— la presión es palpable. Según la ley estatal Colorado Revised Statutes § 38‑12‑105 (C.R.S. § 38-12-105), los propietarios no pueden aplicar cargos por pago tardío hasta después de siete días de retraso. Además, dicho recargo no puede exceder 50 USD o el 5% del monto atrasado, proporcionando así un alivio a los inquilinos y evitando sanciones financieras excesivas. Esta disposición es esencial en un momento de tensión económica y escasez de viviendas en Colorado.
Marco legal del periodo de gracia
¿Qué dice exactamente la ley?
De acuerdo con la C.R.S. § 38-12-105:
- Un propietario no puede cobrar un recargo por tardanza a menos que el pago de la renta esté atrasado al menos siete días calendario.
- Este recargo no puede superar 50 USD o el 5 % de la renta vencida.
- El recargo debe estar claramente indicado en el contrato de alquiler.
- El recargo no se considera como “renta” para fines de desalojo rápido.
- Si un propietario viola estas normas, el inquilino puede reclamar sanciones que oscilan entre 150 y 1,000 USD por infracción, más honorarios legales.
Motivos para esta norma
El establecimiento de esta norma surgió a partir del proyecto legislativo Senate Bill 21‑173, aprobado en 2021, con la finalidad de reforzar los derechos de los inquilinos en Colorado frente a cargas abusivas y desalojos acelerados.
Implicaciones para los inquilinos en Colorado
Alivio en tiempos de alquileres elevados
Con alquileres en Denver superando los 1,700 USD para un cuarto a finales de 2024 y un salario mínimo de aproximadamente 18.81 USD por hora, muchos hogares operan con un estrecho margen presupuestario. En este escenario, contar con al menos siete días antes de que un recargo pueda ser aplicado constituye un alivio significativo.
Precauciones sobre contratos y avisos claros
A pesar de la ley que establece un periodo de gracia, pueden surgir conflictos si el contrato de arrendamiento menciona un cargo por mora: si dicho cargo no está claramente descrito, podría considerarse inválido.
Criterios para recargos
- Si la renta vence el día 1 del mes, el arrendador no puede aplicar el recargo antes del día 8.
- El recargo máximo será de 50 USD o el 5 % de la renta vencida (por ejemplo, si la renta es de 1,000 USD, el recargo máximo será 50 USD).
- Los intereses no pueden aplicarse sobre este recargo, ni puede ser usado como base para un desalojo acelerado.
Consecuencias de violar la norma
Si un propietario aplica un cargo antes de que hayan transcurrido los siete días o excede los límites permitidos, el inquilino tiene derecho a demandar. Además de detener la práctica abusiva, puede reclamar una compensación económica, gastos legales y una penalidad automática de 50 USD por violación.
Consejos para inquilinos y arrendadores
Consejos para inquilinos
- Revise su contrato de alquiler y asegúrese de que el recargo por mora se mencione de forma clara.
- Si enfrenta un atraso, comuníquese con su arrendador lo más pronto posible y documente las fechas clave.
- Guarde pruebas de cualquier pago y acuerdos, en caso de que surja un conflicto.
- Si sospecha que se le ha cobrado inadecuadamente, busque asesoría legal o inicie una demanda bajo C.R.S. § 38-12-105.
Consejos para arrendadores
- Verifique que el contrato mencione explícitamente la política de recargos por mora.
- No aplique ningún recargo antes de que pasen los siete días de atraso.
- Respete el límite de 50 USD o el 5 % del monto vencido.
- No considere el recargo como renta para fines de desalojo rápido.
- Si planea modificar la política de recargos, consulte con un abogado para evitar cláusulas inválidas.
En Colorado, la clave es comprender el funcionamiento del alquiler y los derechos relacionados con los recargos por pagos tardíos. La C.R.S. § 38-12-105 ofrece un “margen de gracia” de siete días y limita los cargos a 50 USD o el 5 % de la renta vencida, ofreciendo así protección a aquellos que navegan un mercado de vivienda desafiante. Conocer estos derechos no solo ayuda a evitar sorpresas financieras, sino que también fortalece la relación entre arrendador e inquilino en un entorno cada vez más competitivo.
Original source: Noticias Colorado
By Karen Gutierrez
3 Nov, 2025





